El mar territorial es una extensión de mar adyacente al territorio de un Estado costero. Según la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, el mar territorial se extiende hasta una distancia máxima de 12 millas náuticas medidas desde las líneas de base determinadas de acuerdo con esta Convención Dentro del mar territorial, el Estado costero ejerce su soberanía, sujeto a las disposiciones de esta Convención y otras normas del derecho internacional.
El mar territorial no solo abarca el agua, sino también el espacio aéreo sobre él y el lecho y subsuelo marinos. Esto significa que el Estado costero tiene derechos exclusivos sobre los recursos naturales y las actividades en estas áreas. Sin embargo, el paso inocente de buques extranjeros a través del mar territorial está permitido de acuerdo con la Convención.
La zona contigua es una zona adyacente al mar territorial que se extiende hasta una distancia máxima de 24 millas náuticas desde las líneas de base. En la zona contigua, el Estado costero tiene el derecho de ejercer el control necesario para prevenir infracciones de sus leyes y regulaciones aduaneras, fiscales, de inmigración o sanitarias dentro de su territorio o mar territorial. También tiene el derecho de sancionar las infracciones cometidas en su territorio o mar territorial.
Límites del mar territorial
Cada Estado tiene el derecho de establecer la anchura de su mar territorial, siempre que no exceda las 12 millas náuticas medidas desde las líneas de base determinadas de acuerdo con la Convención. Las líneas de base son las líneas a lo largo de la costa que se utilizan como referencia para medir la anchura del mar territorial. En general, la línea de base normal para medir la anchura del mar territorial es la línea de bajamar a lo largo de la costa, según se muestra en las cartas de gran escala oficialmente reconocidas por el Estado costero.
En el caso de islas situadas en atolones o islas con arrecifes costeros, la línea de base para medir la anchura del mar territorial es la línea de bajamar mar adentro del arrecife, según se muestra en los símbolos apropiados en las cartas oficialmente reconocidas por el Estado costero.
En ciertos casos, se pueden utilizar líneas de base rectas para medir la anchura del mar territorial. Esto se aplica en áreas donde la línea de costa está profundamente indentada y cortada, o si hay una franja de islas a lo largo de la costa en las inmediaciones. Sin embargo, las líneas de base rectas no deben desviarse significativamente de la dirección general de la costa, y las áreas marítimas dentro de las líneas deben estar suficientemente vinculadas al dominio terrestre para estar sujetas al régimen de aguas interiores.
Paso inocente en el mar territorial
Según la Convención, los buques de todos los Estados, ya sean costeros o sin litoral, tienen el derecho de paso inocente a través del mar territorial. El paso inocente implica la navegación a través del mar territorial con el propósito de atravesarlo sin entrar en aguas interiores, sin hacer escala en un fondeadero o instalación portuaria fuera de las aguas interiores, o para dirigirse hacia o desde aguas interiores o una escala en dichos fondeaderos o instalaciones portuarias.
El paso inocente debe ser continuo y expedito, pero también puede incluir paradas y anclajes en la medida en que sean incidentales a la navegación ordinaria o sean necesarios por fuerza mayor, peligro o para prestar asistencia a personas, buques o aeronaves en peligro o en situación de emergencia.
El paso se considera inocente siempre que no sea perjudicial para la paz, el orden o la seguridad del Estado costero. El Estado costero tiene derecho a tomar las medidas necesarias para prevenir el paso que no sea inocente. Además, el Estado costero puede adoptar leyes y regulaciones relacionadas con el paso inocente a través del mar territorial, siempre que estén en conformidad con la Convención y otras normas del derecho internacional.
Jurisdicción penal y civil en buques extranjeros
La Convención establece que la jurisdicción penal del Estado costero no debe ejercerse a bordo de un buque extranjero que pasa por el mar territorial para arrestar a cualquier persona o llevar a cabo cualquier investigación relacionada con un delito cometido a bordo del buque durante su paso, excepto en ciertos casos específicos. Estos casos incluyen situaciones en las que las consecuencias del delito se extienden al Estado costero, el delito perturba la paz del país o el buen orden del mar territorial, se solicita la asistencia de las autoridades locales por parte del capitán del buque o de un agente diplomático o consular del Estado de bandera, o cuando sea necesario para la represión del tráfico ilícito de drogas narcóticas o sustancias psicotrópicas.
En cuanto a la jurisdicción civil, el Estado costero no debe detener o desviar un buque extranjero que pasa por el mar territorial con el fin de ejercer jurisdicción civil sobre una persona a bordo del buque, excepto en relación con obligaciones o responsabilidades asumidas o contraídas por el buque mismo en el curso o con motivo de su viaje a través de las aguas del Estado costero.
Inmunidades de los buques de guerra y otros buques gubernamentales
La Convención establece que, salvo algunas excepciones, no se ven afectadas las inmunidades de los buques de guerra y otros buques gubernamentales operados con fines no comerciales. Estos buques están protegidos por inmunidades y no pueden ser detenidos o arrestados por el Estado costero, a menos que estén involucrados en actividades que no sean inocentes o que violen las leyes y regulaciones del Estado costero.
En resumen, la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar establece los derechos y obligaciones de los Estados costeros y los buques extranjeros en el mar territorial y la zona contigua. El paso inocente está permitido en el mar territorial, siempre que no sea perjudicial para la paz, el orden o la seguridad del Estado costero. El Estado costero tiene el derecho de ejercer control y jurisdicción en su mar territorial y zona contigua para proteger sus intereses aduaneros, fiscales, de inmigración y sanitarios, así como para prevenir y sancionar infracciones de sus leyes y regulaciones. Sin embargo, los buques de guerra y otros buques gubernamentales operados con fines no comerciales gozan de ciertas inmunidades, excepto en casos específicos.
Es importante tener en cuenta que este artículo proporciona un resumen general de los aspectos clave relacionados con el estatus legal del mar territorial y la zona contigua según la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar. Para obtener información más detallada y precisa, se recomienda consultar el texto completo de la Convención y otras fuentes especializadas en derecho marítimo.